Asamblea Nacional aprueba reformas a la Ley 350 de 2022: examen de barra será opcional para ejercer la abogacía en Panamá

Ciudad de Panamá, 30 de julio de 2025. El pleno de la Asamblea Nacional aprobó este martes, en tercer debate, el Proyecto de Ley 168, que reforma la Ley 350 de 2022 sobre el ejercicio de la abogacía en Panamá. La iniciativa elimina la obligatoriedad del examen de barra y permite a los futuros abogados elegir entre tres alternativas para obtener la idoneidad profesional.

Con esta reforma, el examen de barra —implementado como requisito obligatorio por la ley vigente— pasará a ser una opción entre otras vías para lograr la certificación de idoneidad que otorga la Corte Suprema de Justicia.

El texto aprobado establece que los aspirantes a abogados podrán optar por una de las siguientes modalidades:

  1. Aprobar el examen profesional de acceso a la abogacía.
  2. Publicar una tesis en una revista jurídica indexada o especializada.
  3. Realizar un servicio voluntario de tres meses en despachos del Órgano Judicial, el Ministerio Público o entidades públicas con oficinas de asesoría legal.

Durante el debate legislativo, estudiantes de Derecho presenciaron desde las gradas la votación que suprime la prueba obligatoria, considerada por muchos como una barrera innecesaria para ejercer la profesión.

La reforma también introduce un principio de retroactividad: las nuevas disposiciones aplicarán a quienes inicien la carrera de Derecho después de la promulgación de esta ley.

El proyecto fue analizado previamente por la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales, donde se realizaron consultas con expertos legales y representantes del sector académico. Una subcomisión evaluó los argumentos a favor y en contra, y consensuó el contenido final del proyecto que fue avalado por mayoría en el hemiciclo.

Con la aprobación del Proyecto 168, se amplían las oportunidades de acceso a la profesión legal, promoviendo diversidad y competitividad en el mercado laboral, tanto en el ámbito público como privado.

La ley modificada será enviada al Órgano Ejecutivo para su sanción y posterior promulgación.

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