MORATORIA APROBADA POR EL CONSEJO MUNICIPAL VENCE EL 16 DE OCTUBRE; ALMENGOR.

Para más información, los contribuyentes pueden contactar al número 524-8900.

Almengor destacó que los interesados en recibir el beneficio deben cancelar el total de su deuda a la fecha, incluido el mes en curso.

La abogada mencionó que el contribuyente debe presenta de manera presencial todas las declaraciones juradas pendientes en las oficinas de Servicio al Contribuyente localizado en el  Edificio Hatillo, de igual manera pueden realizarlo por medio de  en el sitio web;  alcaldiadigital.gob.pa, donde se aceptan pagos a través de tarjetas Visa, MasterCard y Clave, o por  Banca en Línea.

La funcionaria aclaró que la  moratoria no aplica para deudas en impuestos de vehículos, obras y construcciones, publicidad, otras multas, ni para nuevos arreglos de pago.

“La exoneración de recargos e intereses aplica para arreglos de pagos vigentes y expedientes en la jurisdicción coactiva, siempre y cuando se cancele la totalidad de las cuotas pendientes o el monto adeudado”, se desprende de igual manera de un comunicado de la Alcaldía.

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